Selección de documentos medievales del Eo-Navia

viernes, 6 de septiembre de 2013

Traslado de las ordenanzas de Castropol

Traslado de las ordenanzas de la villa y Concejo de Castropol conforme a la costumbre, así como los partidos agregados con lo demás del concejos, a conformidad que se litigaron y salieron las ssnas decey revista para que se escribiese y guardase la costumbre de qe se gano carta ejecutoria en esta villa y concejo contra los partidos agregados y otros que seguían lo mesmo cuio tenor literal es como sigue:

1º Primeramente se ordena y manda que para lo tocante a dichas elecciones de esta villa y sus partidos se junten en concejo público el primero día de mayo los vecinos, sin que sea necesario llamarlos, en el campo del Tablado de esta villa junto a la ermita del campo al son de campana tañida para avisar los vecinos del concejo para que se junten y así juntos el alcalde aze su razonamiento y entregue la bara de Alcalde mayor al concejo y siendo se buelven de elijir de conformidad queda eligido por otro año y lo mesmo los señores regidores, un procurador general para el estado noble y un alguacil mayor se vuelven a quedar todos con este y quatro alcaldes de la hermandad de las feligresias y (h)abiendo fuera en dicho concejo dos contradictores así de la de alqde como de los demás oficios se aparten las feligresias y partidos y todos una con sus vecinos de aquel partido o feligresía nombren en ella sus electores conforme le toca, de conformidad en ellos nombran y si no hay contradicción queden elegidos y se la ay se ba a votos y … subcediendo en boto en dos quede elidido el de la mayoría presente y si son iguales se echen suertes entre los que así fueren iguales y el que tocare la suerte quede eligido.

Se ordena e manda que para lo tocante a dichas eleziones e nombramiento de electores de esta villa y jurisdicción aia de quedar y quede en seis partidos, de los dos de ellos an de caer y sean a la dicha villa y su feligresia, con sus feligresias de Santo Salvador de Tol, San Bartolomé de Piñera,  San Juan de Moldes y Santa Cecilia de Seares.

Que el otro partido es de San Esteban de Piantón con su feligresía con la de Paramio que siempre fue con esta.

4 -  Que el otro partido que es de la frª de Santa Eulalia de Presno que es de los agregados y incorporados de esta villa de esta villa y Concejo a quien … se incorporo cuando se agregaron con las fras de Santiago de Abres con qn  a(h)ora anda unida para el nombramtº de rexigdores que un año toca a una frª y otro a otra.

5º Otro partido de los agregados a esta villa y sus feligresías, son las feligresías  de San Andrés de Serantes, así de abajo como de arriba con la feligresía de San Esteban de Barres.

6 – Otro partido de los agregados es el partido de Tapia y su fras de San Martín de San Esteban, Campos y Salave.

7. Hordenaron y mandaron para el dicho Gobierno de dicha villa y su concejo y administración de la hacienda aya un alq(alde) m(ay)or conforme al asiento real de su Magd que Dios guarde, tiene este concejo en el arca de tres llaves con los demas asientos reales de los partidos de esta villa y jurisdicción, que todas las dichas feligresías y partidos desde que se redimieron se unieron cinco …. unas con otras en las que siempre ha habido seis rexidores, un procurador, un alguacil mayor y otro menor, siete ssnos para que use jurisdizión en la Audiencia de los cuales ayan de ser uno uno ssno de ayuntamiento de consistorio los cuales dichos ssnos usen de sus oficios así en esta villa como en los demás partidos a ella agregados como oy se oserva y aia de aver este y otro  alq de ermª uno en cada Feligresaía de esta villa, otro en San Juan, otro en Seares y otro en la feligresía de Tol  y otro en la feligresía de Piñera y en el partido de Plantón se aian de nombrar seis alq(aldes) de hermandad como oy se oserva en cada quinta de dicha feligresia uno y otro; en la feligresia de Paramios, y en el partido de San Juan de Presno y Abres, se aia de nombrar tres alcaldes de la ermandad uno en la feligresía de Abres y otro en la de Presno y otro en la montaña de la feligresía de Presno como oy se oserva; en el partido de Serantes y Barres se nombraran cuatro alcaldes de ermandad (r), otro en la feligresia de Abres, otro en la de Serantes de abajo y uno en la de Serantes de arriva; y en el partido de Tapia se nombrarán cuatro alcaldes de la ermandad otro en la feligresía de Esteban otro en la de San Martín otro en la Feligresía de Salave todos los quales dichos oficios se oserven y se ejercen según y como adelante sera declarado y an de aser anuales y sean elijir y nombrar cada año por el Concejo que se ha de hacer cada un día. Primero de maio de cada un año por que en las ordenanzaza antiguas que se hicieron en la villa de Castropol y sus feligresías antes de unirse a este concejo. Los concejos que antes eran de Presno, Bares y Serantes yel Concejo de Tapia, con sus cuatro feligresías y estaba instituido de dicha ordenanza que dicha elezión se iziese el día de nuestra señora de agosto y después por (h)aberse unidos dichos partidos  se ordenó que dicho concejo se hiziese el primero maio como es costumbre y se oserva.

8. Institución y ordenación que en las eleziones de dichos oficios se aian de guardar y guarde la horden e forma ata conveniente y es que desde el día de la posesión en delante para siempre jamás conviene que el dicho día primero de maio de cada un año se aga en esta villa concejo público e junta general. Para azer las dichas lesiones erª otras coas tocantes al timpo caian de venir e ventan al dicho concejo viendo el dicho concejo abierto dicho día, todos los veziones de la dicha villa e concejo e partido a el agregados que quisiesen e con los que se hallasen presentes desdicho cocnejo se agan las eleziones como bajo se declarado y demás cosas cnvientes a … y lo que en el tal concejo se acordase e iziese por los presentes depare tanto perjuizio a los ausentes como si presentes se hallaran el con sentarán de que elo con sentaran de que no a de averse llamamiento algo parae l dicho concejo dada un año sino que todos los des la posesión de esta ordenanzas an de setar apercibidos y tenerlo como consa conocida que dicho día primera de maio día de San Phelipe, Santiago de cada año aía dicho concejo  esta dicha villa para el dicho efecto … que se hallaren de cada feligresia en concejo pocos muchos en tanto  da la feligresia para el nombramiento de sus electores cada en segro le cupiere como a esa sosera de estado y no sa aian de admitir ni admitan poderes de los ausentes para avesnumero de botos sino que cada uno (h)able y (h)aga y se tenga respecto y atención al mesmo de los que se hallaron presente de cada partidos para en el dicho concejo o al mesmo de los ausentes.

9. Ytem sí a los quales tegan poder e facultad de elijir cada uno de los oficios pd os usar y ejercer las pñas nombrados por los dichos electores durante un año entero asta el mesmo día de San Felipe y Santiago que se elijan otros de nuevo se an de usar todos los dichos oficios segto y como de uso será declarado.

Ytem sí en el nombramiento de los dichos diez siete electores un año y otros diez y seis como es costumbre sea a de tener y guardar este orden y forma, preperciamente y que el tercio e partido de esta villa y sus feligresías elija el nombre de tres electores, la feligresía de Plantón con Paramios elija otro nombre; otros tres la de Presno, un año un elector y otro dos, que el uno siempre toca a la rivera de Presno, que el año que toca dos el otro elector toca a las montañas de Presno; Y al partido de las Feligresías de Serantes y Bares le tocan tres electores, uno en la feligresía de Serantes de abajo y otro en la Serantes de arrriba otro en la feligresía de Bares y el partido de Tapia nombra cada año tres electores, uno en el puerto de Tapia, otro en las Aldeas de San Martín y San Estebán y otro en las feligresías de Campos y Salave un año en una y otro en otra como es costumbre.

Item en lo tocante a los electores de las feligresías de Abres, Seares, San Juº y Piñera se entiende y declara qe con las feligresías de abres, se nombre cada año siete electores y San Juº y Seares otro elector un año y otro otro que esn Jº Seares y lo San Juº encimaamosmonsuseares elector, fonecia y caratula

… ha de ser de al concejo de los rexidores horebenda sin que sea puesto por la justicia digo por el aclade y el más regimiento sola dicha pena.

49 Item que el procurador general se pueda nombrar por el concejo de electores por todo el timpo que caviere nombrarse y tenga voto en el conosistorio como cada uno de los rexidores, ser las casas de bogierno y pidiéndose por el procurador gl Que se llame al consistorio o concejo para tratar y conferir alguna cosas que conbenga Albión y utilidad del concejo el alcalde debe llamar al consistorio y en el se acuerde primero si conviene o no llamarse al concejo.

50 ) Item que el alcade mayor en la visita y en la audiencia no tenga fiscal ni lo …. y nombre sino para proceder por delitos graves

51) Item que los ssnos (escribanos)  de ayuntamiento, los otros seis ssnos (escribanos) de la audiencia (h)ayan de tener sus archivos e asientos en esta villa y para el caso de ausentarse del concejo deven de dejar por sustituto cada uno de ellos otro de los escribanos de número para que los escusen y no se atrasen los negocios a los litigantes.

52) Item que lo sea del concejo escribanos numerarios y más ministros de justicia haian de arrreglarse en suso alarán en el que deben fijarlos alquileres en las casas de ayuntamiento luego que se den portales.

53) Item que a costa del conejo se compre un libro de papel blanco en cuadernazo numeradaas actas y este libreo este en poder escribano del concejo en dicto libro se asienten por buena orden todas las elecciones que se hicieren cada año con todo lo demás que se hicieren en los concejos públicos e consistorios que se hicieren cada año y todo lo demás que se hiciere en los concejos públicos e consistorios que se hizieren el cual libros e traspase cada a poder del escribano del concejo que fuere y se tenga a buen recado y acabado de escribir ese ponga en el arca de del concejo y se compre y tenga otro por la misma orden para el consiguiente para adelante

54) Item que en el arca que aia del concejo se pongan todos los procesos provisonales e cédulas de su majestad y otras escrituras tocantes al concejo todos en un volumen por buen orden e requento en todo ello se a que un memorial el qual tenga el escribano del concejo y ayuntamiento con el dicho libro para que aia quenta y su razón de las dichas villas y se use de ellas quando fuere necesario o cuando conbenga y cualquiera persona particular que tenga alguna … tocante al concejo se a compulso al entregar al dicho escribano del concejo para que se cumpla lo que dicho es.
55) Item que los alcalde de la hermandada traigan bara de justicia y en los casos del … md. reziban informaciones y prendan los deliquentes y luego los remontas el alcalde como lo an acostumbrado y no hallando  escribano ante quien hagan en forma … dito que se ofreciere prendan al delincuente o delincuentes he lleven con ellos justicia.

56) Item que los mesmos alcaldes de la ermandad sean jueces terceros para hacer cerrar, san y sino lleven la pena del auto a los que después de apercibidos no cerraren y se entienda por toda dicha pena a todo coto mi Rl y no pueda llevar la pena sin hacer cerrar y su fuese negilegente en hacer cerrar el alcalde ordinario proceda contra el y se condene en cien maravedíes y así mismo el juez tercero tentende poner recado en el gando y azer pasto para cabras en donde alle viñas y pan y cargar puercos, ya viendolo mdo cada vez que hallarse desdespasto y cerrados lleve un cuartillo se entienda primero … asta san martín lo mensmo de los puercos y entiendase que de lo mesmo pueda como res el aclade qudo se le piediese y des aron qul au agravio que el juez tercero le iziere

57) Item que (h)allándose cualquier alcalde de la hermandad presente en cualquier ruido puedan prender y sean suias las armas del delinquente o delinquentes que prendiere y los presos que predindiere los lleve a la carcel e compela a los testigos a que vaian ante la x(ustici)ª ordinaria a decir sus dichos cerca del ruido y debito haciendo a la sazon algun ssno pante el sesaque in formary lo entregue luego iremitad negocio al a junta hordnaria y concurriendo el tal ruido el alguacil mayor, al alcalde de la hermandadad o halguacil menor.

58) Ytem … que se hizieren abiertos todos los vecinos de la jurisdicción puedan puedan hablar libremente cada uno lo que entienda que conviene con que (h)ablando libremente cada uno lo que entienda que concierne con que ablando uno los demás le oigan seable conuozes nialteraziones pasionadamente so pena de dos ducados y que al tal se losp uedan sacar y sauer fuera del Concejo y no tenga voto en el.

59) Item que el alcalde proceda contra las personas de fuera de los lugares desta * veniesen della aquel diase llenargueldo y contra los * de esta comarca que el va mercado y vendido a los de fiesta atento que de costumbre inmemorial siempre e benido y proybió el dicho sueldo a los de fuera de los lugares de esta ría el gran daño que de ello resulta a la pescadería de ella y sean condenados los culpados en los susosdichos y en pedimento de los barcos ya parados con que tomaren el dicho sueldo y en dos mil mrs de pena cada uno aplicado todo ello por tercias partes si cerpro y deunciados a prolataron y a los que no puideren ser abidos se proceda en ese día por edictos en la forma el ya se cuesto de sus vecinos.

60) Ytem se pro(h)íbe y manda que ninguna ponga lumbre en bouca grande ni … fuere avisando primero a los vecinos de los lugares y confinantes con el término donde sea de porrez la lumbre para que acceda las penas necesarias para defender que no aga daño que para ello el que a de ponerse la dicha lumbre lleva consigo las penas que se requieren para la defenestra y el que de otra manera opusiere la lumbre incurrirá en pena de seiszientos mrs. Y pague todo el daño que se hiciere dicha crema liquidado por juramento de la parte a la que se hizieren dicho daño.

61) Ytem que se tenga por estilo de ssno  proceder contrapena alq por vía de asetnamiento e sentencia en el día sin que primero prozeda mandamiento de la jura para que se pague la deuda a cierto plazo citatorio y sea notificado que el condejo de los dichos mandamientos y cerca de la notificación basta la fe del alguacil de su theniente ejecutor alguna alcalde de la … pena se probe ex elaintamente ssna en rebeldía para ello baste así mismo el juramento de la parte no se negando la notificación.

62) Ytem se tenga por estilo que todas las veces por pena que el concejo gana que se pediere mandamiento para que alguién jure ante ssno que se le notifique sea deuda de cien mil mrs avajo se libre el tercer mandamiento y la parte contra quien se libra el dicho mandamiento este obligado a jurar y declarar so pena de confieso esto es ansicien… seiscientos cumpla por mitad contra las ediaez pastos adelante pobre de este concejo.

63) Ytem se tenga por estilo que en los concejos en que concurran y deseen concurrir  este concejo normas y en el usos en el cada año de sus personas que concurrrien al dicho concejo traen poder de cada uno de los cadauno aía de notar conforme al menor de vecindad de cada uno dellos por el orden de su becindario por que se les repartan los pagamientos reales lo mesmo a este concejo y sus partidos no abiendo conformidad cada partido de … así mesmo por su becindario y así regulados las cuotas de … de unos y otros el numero maior aga no venloque se acordare por la maior parte de los vezinos así de unos concejos como de otros y esta sea ….

64) Ytem se tenga por estilo en que querella de posesión y despojo de sus que luego el alcalde se mreducir la informazon citado el .. para ella para que la de lo contra dentro del último que el alcalde señalare y luego pasado … contain formazno o ynformarde las parte que se hubiere dado con el juramento de la razón de laspartes salgas dellas si se pudier se determine el tal punto sumariamente con acuerdo de cese con o sin el caso libiano de poco entre y declarándose por alqualde cuafa francaluego sep roceda opresión del que la izo y en la causa se le notifique el auto y no se de en fiado bastante hacer la tal fuerza y estos proinanse dse y manda por zenitar a las partes largos pleitos y muchas costas su casta aquí sean causado se proceda contra es en los dichos casos.

65 Item el Alcalde mas oficiales a quien tocaren fueren e pasaren contra lo contenido en estas hordenanzas en qualquier caso encorrirá cada vez cada uno en pena de seiszientos mrs. Salvo en los casos donde por ellas se pone mayor o menor pena que aquella se imponga al alcalde y más oficiales que no guardaren lo susodicho se les aga cargo en la residencia

66 Item lo que de nueve veinieren avecindar a esta villa y jurisdicción a o quedase eligidio en ninguno de los dichos oficios sino es pasado diez años de vecindad salvo si fuere a los vezinos de fuera que an contribuidos por sus rentas que tenían en esta jurisdicción por cada exención de ellas res mil mrs. Por que los tales que an contribuidos lo susdicho avecindándose en este concejo e residiendo la mayor parte del año puedan ser eligidos por los más vezinos y gocen de las dichas esenciones y preminencias del concejo las de fuera que no hubieren contribuidos y pagado la dicha quantía para deserción de esta villa y con sero a havecindándose y pagando lo que en este medio vasallo para la dicha excenciónde propios del Concejo presidiendo según dicho es puedan ser eligidio y gozar de otras preeminencias  según dicho es.

67 Item en cuanto a las ordenan la dola son disetrata que siendo barrios los diez y seis electores el numero mta aga elector al que quiesie otros sene que si hubiese variedad y deferencia entre ellas se entiende de dar al que entonces se diga numero mayor y para este efecto dicho concejo el tal número excediere y ser p… al otro número con uno o dos cuaotas de electores no excediendo el dicho número mte al otro numero uno por solo un boto en tal caso se hechen suerete ser los nombrados por tales número que no se allaren el uno al otro tras de un boto meitendo tantas suerte en un cantaro del nombre de cada que elige a cada número como son lectores de tal número bueltas las dichas suertes quede eligido el que sliere para suerte en qualquier otro número como son electores de tal número que vueltas las dichas suertes quede eligido el que saliese por suerte en qualquier otro número que si faltaren dos votos para igualar el número mayor número ho entre en las dichas suertes.

68 Item se declara y entiende que después qualquier elector aia botado y declarado su boto ante ssno  el que después no pueda bariar esia de ningún efecto la bariación que se yciese.

69 Item es de declarar que siendo barios los efectores y abiendo contradicción de uno de ellos se aia de echar suertes y nombrar cada uno quatro personas del partido donde tocare de los anonados de el y que sean de buen celo y el que le tocase la suerte quede elijido como sea costumbre y corresmo subceda con los más oficios con que hubiere la tal contradición.

70 Item sean dicha irmanda que el juez que fuere haia de hacer las dos andias que estan en constumbre cada semana en la conformidad que pueda dicha y el osuthente aian de residir en esta villa en las andías no más daño para decidir a los reparos y defensa de esta repcado las ordenes de su magestad que dios guarde yu otras coasa de bien y utilidad de esta republica y que lo cumplan así unos y otros y lo que sea acondarse en aiuntamiento o en concejo siendo utile y encuentre se ejecute por dicho alqalde o su teniente y en dicha conformidad se guarden cumplan y ejecuten estas dichas ordeanzas